Criterios de convergencia

Los criterios de convergencia (o criterios de Maastricht) son los requisitos que deben cumplir los Estados de la Unión Europea para ser admitidos en la eurozona, y consecuentemente, para participar en el Eurosistema. Los criterios vienen establecidos en el artículo 121(1) del tratado que establece la Comunidad Europea (Tratado de la CE).[1]​ En total hay cuatro criterios, el que se refiere a la estabilidad de precios, el que se refiere a las finanzas gubernamentales, el que se refiere a los tipos de cambio y por último el que hace mención a las tasas de interés a largo plazo.

  1. [1] Archivado el 10 de julio de 2006 en Wayback Machine., Tratado que establece la Comunidad Europea

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